Ventajas fiscales

La Ley del Mecenazgo incorpora desgravaciones fiscales por los donativo a entidades benéficas.

En la siguiente tabla te explicamos como funciona el régimen fiscal para personas físicas y jurídicas:

Donativo Deducción
Personas físicas (IRPF)
Primeros 150€ 75%
Resto 30%
Donaciones recurrentes (a la misma entidad en los ds  años anteriores y el importe del donativo se mantiene o supera lo donado en años anteriores)    35%
Límite deducción base liquidable 10%
Personas jurídicas (IS)
Donaciones en general 35%
Donaciones recurrentes (a la misma entidad en los ds años anteriores y el importe del donativo se mantiene o supera lo donado en años anteriores)  40%
Límite deducción base liquidable 10%
desgravaciones fiscales grafico

Por ejemplo, si donas* 20€ al mes durante 12 meses (un total de 240€ al año), tendrás un 75% de desgravación de tu donativo para los primeros 150€ y un 30% para los siguientes 90€.

* Personas físicas.